Resumen: PRIMERO.- Formulada demanda por D. Juan Carlos frente a Dª Gregoria en la que solicita se declare a la demandada incapaz para gobernar su persona y bienes y se nombre tutor a alguno de sus hermanos, a la que acompañó Libro de familia del demandante y de la demandada, en trámite de divorcio según se refiere en la demanda, fotocopia de un informe médico sobre la atención psícologica / psiquiátrica a uno de los hijos menores del matrimonio en el contexto del conflicto matrimonial y un artículo médico sobre alteraciones mentales ocasionadas o relacionadas por disfunciones tiroideas, mediante diligencia de ordenación se dispuso se apercibiera al demandante a fin de que aportara los documentos exigidos por el artículo 231 LEC, lo que se llevó a cabo sin que fuera cumplido en sus propios términos, tras lo cual, emitido informe por al Ministerio Fiscal, que se opuso a la admisión a trámite de la demanda por la no aportación de documentos y apreciar fraude de ley, se dictó auto de inadmisión de la demanda por no aportación de documentos y, señaladamente, por la no aportación de informe médico sobre la enfermedad psíquica que se atribuye a la demandante cuya aclaración, instada por el demandante fue denegada.