Resumen: Tal como se plantea el asunto, una declaración de carácter genérico, la Sala únicamente puede requerir a la parte -frente a la que se dirige dicha solicitud cautelar- que adopte cuantas medidas considere necesarias y siempre y cuando fuese posible su cumplimiento en estos momentos dada la obligación y deber que tiene de garantizar la salud y protección eficaz de todos sus trabajadores en materia de prevención de riesgos. Lo que no esta claro, nosotros entendemos que no cabe, es que sea posible imponer una medida cautelar de carácter genérico y abstracto, como aquí se pretende. La aceptación ahora de la realización de unas medidas cautelarísimas inconcretas y genéricas, es poco más de una declaración voluntarista, de recuerdo de la legalidad vigente, y va a tener como consecuencia trasladar al tramite de ejecución el debate real de los problemas planteados. Ello nos lleva a denegar la solicitud y acordar que, previa la interposición de la correspondiente demanda de conflicto colectivo de tutela de derechos fundamentales, se tramite la pieza ordinaria de medidas cautelares en cuyo seno la Sala pueda pronunciarse ya con conocimiento de todos los extremos precisos.
Resumen: PRIMERO.- El recurso contencioso-administrativo se ha presentado contra la Resolución de 2-07-2019 de la Dirección General de la Policía (Ministerio del Interior) que desestimó la solicitud de D. Heraclio de abono de diferencias en concepto de productividad funcional.