Resumen: Ausencia desde el 4 hasta el 25 de enero de 2017, presentando parte de baja por incapacidad temporal el día 2 de febrero de 2017. Funcionario que padece trastorno adaptativo reaccionando de forma intensa ante un acontecimiento estresante. No queda justificado que su situación le impidiera justificar su ausencia del puesto de trabajo. No puede concluirse que estuviera afectado por un trastorno mental de tal entidad que no le permitiera ser consciente de su conducta y de las consecuencias de la misma, a pesar de su intento de suicidio, por lo que los hechos se encuentran correctamente tipificados. La sanción es proporcional al causar grave perturbación en el normal funcionamiento del servicio y mediando voluntariedad e intencionalidad.
Resumen: PRIMERO.- Por la representación legal de D. Luis Miguel se interpone recurso de apelación frente a la sentencia de instancia, solicitando su revocación y que en su lugar se dicte otra resolución por la cual se imponga una cuota diaria de multa de cuatro euros.