Resumen: Aunque existe una sentencia firme que ha declarado conforme a derecho la denegación de las cantidades que debía de percibir como bombero en prácticas en el Ayuntamiento de Madrid, ciertamente existe otra solución, en este caso del Consorcio de extinción de incendios de Toledo, en donde prestaba sus funciones como interino, que si bien denegaba esa misma petición, si reconocía que le había dado licencia para realizar las prácticas en el ayuntamiento de Madrid por lo que cabe interponer recurso frente a esta última, no tratándose de un acto reproductor y de otro anterior firme y consentido, sino de un acto distinto formal e históricamente independiente, el recurso ha de ser necesariamente admitido. La sentencia entra en le fondo del asunto decidiendo que se le reconozca el derecho a percibir las cantidades correspondientes a las retribuciones previstas como regla general para los funcionarios en prácticas, además de los trienios reconocidos durante el tiempo que se prologó su nombramiento como funcionario en prácticas.