• Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FATIMA BLANCA DE LA CRUZ MERA
  • Nº Recurso: 1151/2019
  • Fecha: 10/06/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: DENEGACION RECONOCIMIENTO CONDICION REFUGIADO
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA ALICIA SANCHEZ CORDERO
  • Nº Recurso: 857/2018
  • Fecha: 10/06/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: DENEGACION RECONOCIMIENTO CONDICION REFUGIADO
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: BERTA MARIA SANTILLAN PEDROSA
  • Nº Recurso: 1361/2019
  • Fecha: 10/06/2020
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: DENEGACION NACIONALIDAD ESPAQOLA
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Girona
  • Ponente: JAIME MASFARRE COLL
  • Nº Recurso: 147/2020
  • Fecha: 10/06/2020
  • Tipo Resolución: Auto
  • Tipo Órgano: Juzgado de Primera Instancia
  • Municipio: Lleida
  • Ponente: EDUARDO MARIA ENRECH LARREA
  • Nº Recurso: 582/2019
  • Fecha: 10/06/2020
  • Tipo Resolución: Auto
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Girona
  • Ponente: JOAQUIN MIGUEL FERNANDEZ FONT
  • Nº Recurso: 252/2020
  • Fecha: 10/06/2020
  • Tipo Resolución: Auto
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Girona
  • Ponente: JOAQUIN MIGUEL FERNANDEZ FONT
  • Nº Recurso: 568/2019
  • Fecha: 10/06/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Girona
  • Ponente: JOAQUIN MIGUEL FERNANDEZ FONT
  • Nº Recurso: 187/2020
  • Fecha: 10/06/2020
  • Tipo Resolución: Auto
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE LUIS SEOANE SPIEGELBERG
  • Nº Recurso: 3966/2017
  • Fecha: 09/06/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Demanda en la que se insta la nulidad de cláusulas sobre límite en la variación del tipo de interés y de interés de demora insertas en un préstamo hipotecario. La sentencia de primera instancia estimó la demanda, pero la audiencia la revocó y desestimó la demanda; la audiencia basa su razonamiento en que el notario interviniente advirtió a los demandantes de la existencia de límites a la baja del tipo de interés. Recurren en casación los demandantes y la sala estima el recurso. Tras descartar los óbices de admisibilidad planteados por la parte recurrida, la sala aplica su doctrina, en consonancia con la emanada del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, sobre el control de transparencia y concluye que en este caso nada se dice sobre la información precontractual, que no consta facilitada por la demandada, siendo la misma necesaria para adquirir el conocimiento preciso sobre la forma de operatividad de la cláusula suelo y su concreto juego contractual en los escenarios posibles, así como la imposibilidad de beneficiarse de las bajadas de tipos de interés. Del mismo modo, declara, también según doctrina reiterada, que la intervención notarial no dispensa del deber precontractual de información al que viene obligada la entidad prestamista. La estimación de la casación comporta la confirmación de la sentencia de primera instancia.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE LUIS SEOANE SPIEGELBERG
  • Nº Recurso: 2398/2017
  • Fecha: 09/06/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Acción de nulidad de compraventa de acciones (negocio simulado) por causa falsa (inexistencia de precio y de voluntad de transmitir la propiedad de las acciones), y declarativa de la realidad del negocio disimulado (transmisión de las acciones en garantía) así como de restitución de las acciones a sus titulares originarios. La sentencia de primera instancia calificó el negocio como fiduciario y no absolutamente simulado, y por tanto, estimó la excepción de caducidad de cuatro años, lo que se confirmó en segunda instancia. En casación se sostiene que la acción para solicitar la nulidad de un negocio simulado no está sujeta a plazo. El recurso se estima. Existencia de un contrato de venta en garantía o fiducia cum creditore, en cuya virtud el demandante concedió un préstamo a los vendedores y éstos, en garantía de tal obligación, le transmitían formalmente la totalidad de las acciones de la precitada entidad. La jurisprudencia da al negocio fiduciario cuando se oculta bajo la forma de una compraventa el tratamiento jurídico de la simulación para descubrir su verdadera naturaleza jurídica y restablecer el orden jurídico conculcado. La simulación contractual da lugar a la nulidad absoluta del contrato simulado pues falta en el mismo la causa como elemento fundamental y no está sujeta a plazo de prescripción ni de caducidad, pues el de caducidad de cuatro años solo rige para la anulabilidad. Reposición de actuaciones para que la Audiencia Provincial se pronuncie sobre el fondo.

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