Resumen: La Sala desestima el recurso de la Mutua y declara que la incapacidad temporal litigiosa tiene origen en enfermedad profesional, porque en el vigente cuadro o lista de enfermedades profesionales en relación con las principales actividades capaces de producirlas, se menciona la tenosinovitis originada en trabajos que exijan aprehensión fuerte con giros y desviaciones cubitales y radiales repetidas de la mano, así como movimientos repetidos o mantenidos de extensión de la muñeca, y y es manifiesto que en las funciones, como limpieza, hay continua reiteración de movimientos de flexión.