Resumen: La sala estima los recursos interpuestos frente a una sentencia que confirmó las resoluciones del Ministerio Fiscal y del órgano administrativo, las cuales referían dudas fundadas de la fiabilidad del pasaporte y la partida de nacimiento en relación con la edad del demandante porque, al entrar en territorio español, declaró haber nacido en otra fecha que le haría mayor y porque se negó a realizar pruebas médicas para acreditar tal extremo. Además, procedería el archivo por carencia sobrevenida de objeto pues con posterioridad a la demanda el demandante ha alcanzado sin duda la mayor de edad y ha dejado de existir interés legítimo de obtener la tutela judicial pretendida. La sala rechaza, en primer lugar, esta carencia sobrevenida ya que el recurrente sigue teniendo un interés legítimo en que se declare que la resolución administrativa que le denegó la declaración de desamparo no fue conforme a derecho. En cuanto al fondo, la sala considera que no no se ponderaron adecuadamente las razones por las que se decretó la mayoría de edad. La documentación aportada no presentaba indicios de manipulación, ni había sido desacreditada por las autoridades que la expidieron, tampoco es decisivo el hecho de que el demandante manifestara que era mayor de edad pues es una práctica habitual de los menores que creen que así encontrarán trabajo; además, la apariencia física inicial no resulta determinante y, por último, resultaba justificada su negativa a someterse a las pruebas médicas.
Resumen: Legalidad del Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, que establece el estatuto del investigador predoctoral en formación, dictado en desarrollo de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación que, en su artículo 20, establece tres modalidades de contrato de trabajo específicas del personal investigador: el contrato predoctoral, el contrato de acceso al sistema español de ciencia, tecnología e innovación y el contrato de investigador distinguido. Adecuada regulación de las retribuciones de los contratos predoctorales. Inexistencia de incremento del gasto público.