• Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Huesca
  • Ponente: ANTONIO ANGOS ULLATE
  • Nº Recurso: 58/2017
  • Fecha: 18/06/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Concertada una permuta de solar por obra futura, durante la excavación del solar se encontraron restos arqueológicos, lo que comunicado a la administración la misma requirió al promotor y constructor para que presentaran nuevo proyecto que respetara la conservación in situ de esos restos, lo que obligaba a modificar el proyecto con pérdida del aprovechamiento económico, habiendo hipotecado una de las tres fincas, siendo objeto de ejecución, habiendo mediado un retraso por las cedentes en la elección de los departamentos que eran de su interés, planteándose demanda por los cedentes en la que solicitaban el cumplimiento en sus propios términos y de no ser posible el cumplimiento por equivalente, en razón al importe dinerario correspondiente al valor de las viviendas y garajes que el promotor tenía que entregar, oponiéndose el cesionario de las fincas, que planteó reconvención solicitando la resolución del contrato por fuerza mayor, desestimando la Audiencia la reconvención en atención a que la aparición de restos arqueológicos no era imprevisible para un promotor profesional, estimando la demanda en cuanto a su petición subsidiaria de cumplimiento por equivalente no considerándose retraso resolutorio la tardanza en elegir departamentos por la parte cedente.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE MARIA PEREDA LAREDO
  • Nº Recurso: 86/2020
  • Fecha: 18/06/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: En este procedimiento de división de herencia a la hora de formarse el inventario se interesa la inclusión en el activo de un crédito de la masa de la herencia por un préstamo dinerario que la causante efectuó a favor de uno de los herederos, préstamo del que hace mención la testadora en el testamento. No se estima esta pretensión por no acreditarse la realidad de ese préstamo. El mero hecho de que la existencia del préstamo aparezca en el testamento no significa que sea real ni que subsistiera íntegramente al tiempo del fallecimiento de la testadora. No existe ninguna prueba de la que deducir que el préstamo fue concedido y entregado: no hay ningún documento en el que se recoja la existencia del préstamo o la entrega del dinero ni de reconocimiento de deuda por los supuestos prestatarios; no está acreditada la disposición de la cantidad que se dice prestada por parte de la causante en el testamento.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE MARIA DEL RIEGO VALLEDOR
  • Nº Recurso: 96/2018
  • Fecha: 18/06/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se desestima el recurso de la Xunta de Galicia contra la orden precitada, descartándose el planteamiento de la cuestión de inconstitucionalidad sobre la posible vulneración de reserva de ley tributaria y el principio de capacidad económica, así como sobre la invasión competencial. La orden se dicta en ejecución de diversas STSS firmes que señalan la obligación de incluir los suplementos territoriales. Además, el art. 17.4 LSE en la versión del RDL 20/2012 ha sido declarada inconstitucional. En la versión anterior resulta improcedente pues los suplementos territoriales no tienen carácter de tributo ni por ello se vulnera la competencia autonómica para establecer sus tributos, lo que no resulta incompatible con la garantía de la uniformidad del régimen económico de las actividades del sector eléctrico en todo el territorio del Estado, pudiendo utilizar diversas técnicas para compensar los costes por regulación autonómica. Los tributos gallegos considerados gravan de forma indirecta la actividad o instalaciones dedicadas al suministro eléctrico y, por ello, su toma en consideración es correcta; y la motivación de la orden suficiente. No puede compartirse la limitación de los tributos autonómicos a considerar en el cálculo de los suplementos territoriales que propone la recurrente excluyendo la generación, porque dicha exclusión es contraria al artículo 17 LSE que se refiere a los costes de la actividad regulada, como es la "generación renovable".
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DEL PILAR PALA CASTAN
  • Nº Recurso: 106/2020
  • Fecha: 18/06/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: MARIA SANAHUJA BUENAVENTURA
  • Nº Recurso: 440/2019
  • Fecha: 18/06/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Bilbao
  • Ponente: JUAN ALBERTO FERNANDEZ FERNANDEZ
  • Nº Recurso: 605/2019
  • Fecha: 18/06/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Bilbao
  • Ponente: TRINIDAD CUESTA CAMPUZANO
  • Nº Recurso: 517/2019
  • Fecha: 18/06/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Jerez de la Frontera
  • Ponente: MARIA DEL CARMEN GONZALEZ CASTRILLON
  • Nº Recurso: 72/2020
  • Fecha: 18/06/2020
  • Tipo Resolución: Auto
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Badajoz
  • Ponente: LUIS ROMUALDO HERNANDEZ DIAZ-AMBRONA
  • Nº Recurso: 625/2019
  • Fecha: 18/06/2020
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: MATERIAS NO ESPECIFICADAS
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Badajoz
  • Ponente: LUIS ROMUALDO HERNANDEZ DIAZ-AMBRONA
  • Nº Recurso: 980/2019
  • Fecha: 18/06/2020
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: MATERIAS NO ESPECIFICADAS

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.