Resumen: Se insta el desahucio por precario respecto de la misma, frente a sus ignorados ocupantes, opuesta por los ocupantes la existencia de un arrendamiento verbal, la sala concluye que no existe ningún elemento de prueba que acredite tal arrendamiento por lo que, tras recordar la doctrina jurisprudencial que acoge un concepto amplio de precario a los efectos del juicio de desahucio, da lugar al mismo. La penuria económica en que pudieran hallarse los demandados no es causa de denegación del desahucio, sin perjuicio de lo que procede por tal circunstancia en la ejecución.
Resumen: El Sareb formula demanda de desahucio por precario contra los desconocidos ocupantes de un inmueble de su propiedad. Se han de rechazar todos los motivos de apelación en los que se afirma la infracción de normas de tramitación procesales que no dar lugar a la petición de nulidad con devolución de lo actuado al juzgado, en cualquier caso no ha sido probado que las irregularidades denunciadas en el recurso hayan producido efectiva indefensión. En el caso, consta en las actuaciones que la cédula de notificación fue entregada a quienes fueron identificados como ocupantes del inmueble, y ellos mismo comparecieron en el juzgado y se identificaron como ocupantes sin hacer alegación alguna y sin llegar a contestar a la demanda. En cuanto al fondo, la sala recuerda la doctrina jurisprudencial conforme a la cual el procedimiento de desahucio por precario es procedente contra todo poseedor de un inmueble sin título. En el presente caso, los demandados ni siquiera invocan un título de ocupación, por lo que acreditada la propiedad de la finca procede dar lugar al desahucio.