Resumen: La Sala desestima el recurso y confirma la sentencia de instancia que a su vez desestimó la demanda denegándose la prestación por incapacidad permanente absoluta o total, confirmando la declaración de la Gestora, pues las dolencias que sufre el accionante no presentan en la actualidad una gravedad tal como para impedir al actor desarrollar las tareas fundamentales de su profesión habitual, que no conlleva exigencias físicas o posturales incompatibles con dichas dolencias. Durante la vigencia del estado de alarma y hasta tres meses después de su finalización, los informes médico-forenses pueden realizarse basándose únicamente en la documentación médica existente a su disposición.
Resumen: Conflicto Colectivo. Se cuestiona el ERE producido de toda la plantilla en el ámbito provincial como consecuencia de fuerza mayor derivada de la situación del COVID-19. Sala estima inadecuación de procedimiento al basarse resolución tácita administrativa. Como antes hemos adelantado, lo que se cuestiona aquí es en definitiva si el cierre de las instalaciones de la empresa MERCEDES es suficiente para considerar que concurre fuerza mayor en la empresa DHL, y si la empresa debió elegir tramitar el ERTE por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, y no por causa de fuerza mayor. Ello no pertenece al objeto de este procedimiento.
Resumen: Acuerda este Auto la ratificación de medidas restrictivas de derechos por razón de la pandemia del COVID-19. Limitaciones fundamentalmente relacionadas con el derecho a la libre circulación. Las medidas suponen la prorroga de otras anteriormente acordadas. Hace especial hincapié en la situación sanitaria que se acredita a través de la documentación que acompaña a la solicitud realizada por la autoridad sanitaria.
Resumen: Acuerda este Auto la ratificación de medidas restrictivas de derechos por razón de la pandemia del COVID-19. Limitaciones fundamentalmente relacionadas con el derecho a la libre circulación. Las medidas suponen la prorroga de otras anteriormente acordadas. Hace especial hincapié en la situación sanitaria que se acredita a través de la documentación que acompaña a la solicitud realizada por la autoridad sanitaria. Respecto de otras medidas se decreta la innecesariedad de su ratificación.