• Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Coruña (A)
  • Ponente: CARLOS FUENTES CANDELAS
  • Nº Recurso: 355/2020
  • Fecha: 03/02/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: DIVORCIO CONTENCIOSO
  • Tipo Órgano: Juzgado de lo Mercantil
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: MONTSERRAT MORERA RANSANZ
  • Nº Recurso: 99/2021
  • Fecha: 03/02/2021
  • Tipo Resolución: Auto
  • Tipo Órgano: Juzgado de lo Mercantil
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: SOFIA GIL GARCIA
  • Nº Recurso: 423/2020
  • Fecha: 03/02/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Juzgado de lo Mercantil
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: SOFIA GIL GARCIA
  • Nº Recurso: 2445/2019
  • Fecha: 03/02/2021
  • Tipo Resolución: Auto
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: GONZALO FERRER AMIGO
  • Nº Recurso: 149/2019
  • Fecha: 03/02/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE LUIS SEOANE SPIEGELBERG
  • Nº Recurso: 209/2020
  • Fecha: 03/02/2021
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: QUEJA. Inadmisión del recurso extraordinario por infracción procesal por presentarse fuera de plazo. Recurso extemporáneo. RDL 16/2020, de 28 de abril de medidas procesales y organizativas para hacer frente al Covid-19 en el ámbito de la Administración de Justicia. Recurso por infracción procesal contra sentencia dictada en un juicio ordinario tramitado por razón de la cuantía, inferior a 600.000 euros Se desestima la queja.
  • Tipo Órgano: Juzgado de lo Mercantil
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: SOFIA GIL GARCIA
  • Nº Recurso: 1460/2019
  • Fecha: 03/02/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAQUEL VICENTE ANDRES
  • Nº Recurso: 244/2020
  • Fecha: 03/02/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Despido colectivo. La AN, previa desestimación de las excepciones de falta de acción y de caducidad, desestima la demanda de impugnación de despido colectivo con acuerdo.En el caso de autos ninguna mala fe negocial ha tenido lugar vinculada al desconocimiento del sindicato actuante del grupo laboral de las empresas o teoría del "debut". Ha quedado acreditado que, Securitas Seguridad España S.A., adquirió la compañía española de tecnología de seguridad Techco Seguridad S.L. y que en la actualidad, las empresas SECURITAS y TECHCO configuran un grupo laboral por integrar al personal procedente de TechCo en la estructura productiva y organizativa de Securitas, según el modelo organizativo de ésta, lo que ha dado lugar a que el personal de ambas compañías funcione como si de una única organización se tratara, constituyéndose como un grupo laboral a todos los efectos.No hubo mala fe negocial porque no huno ocultación de la situación de grupo ya que, ya desde marzo existía total voluntad por parte de la empresa en su comunicación con los distintos representantes sindicales de mostrar la situación de funcionamiento unitario de ambas empresas en su condición de grupo laboral ,el hecho de que no se conformaran dos mesas, no puede conllevar, que esa posición unilateral de uno de los sindicatos, pueda imponerse a los demás ni vicie de ilegalidad el proceso de negociación.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Girona
  • Ponente: FERNANDO LACABA SANCHEZ
  • Nº Recurso: 35/2021
  • Fecha: 03/02/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La demandante concertó póliza con "SegurCaixa negocio" referida a un local de negocio en el que se contemplaban diversas contingencias, entre ellas "paralización de actividad" a razón de 200€/día durante un periodo de treinta días sin franquicia. Relama una indemnización por paralización del negocio. La aseguradora contesta que en ningún lugar de la póliza se dice que se cubran los gastos de paralización derivados de una resolución gubernativa ante una pandemia. La Sala indica que, dado que la pretensión de la recurrente se entronca con un supuesto de "pandemia", se regirá por el principio de autonomía de la voluntad de las partes, por lo dispuesto en el clausulado particular y general de la póliza del contrato de seguro; y de modo supletorio por las disposiciones de la LCS. La sentencia distingue cláusulas delimitadoras y limitativas conforme a la doctrina del TS. Son limitativas las que se dirigen a condicionar o modificar el derecho del asegurado y por tanto la indemnización, cuando el riesgo objeto del seguro se hubiere producido. La cuestión a resolver es jurídica, consiste en determinar si la paralización de un negocio a consecuencia de la legislación del COVID-19, está o no cubierta en el seguro. En el condicionado general no se contempla "paralización por resolución gubernativa ante una pandemia", para aplicar la limitación la aseguradora debió destacar la cláusula de modo especial en la póliza y debió ser aceptada por escrito por el asegurado. Se estima la demanda.
  • Tipo Órgano: Juzgado de lo Social
  • Municipio: Cartagena
  • Ponente: JOSE GRAU RIPOLL
  • Nº Recurso: 308/2020
  • Fecha: 03/02/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: DESPIDO

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.