Resumen: Conflicto Colectivo. Se pretende y estima instancia anulación de la decisión empresarial de no incluir en la solicitud colectiva de prestaciones desempleo a los trabajadores fijos discontinuos, declarando derecho a ser incluidos condenando empresa a ello. Es decir, se cumple el requisito contenido en la normativa de aplicación para la inclusión por la empresa de los trabajadores afectados por el Conflicto Colectivo en la comunicación que remitió al SEPE, al tratarse de trabajadores fijos-discontinuos, vinculados con la misma aun en periodos de inactividad y por tanto con relación laboral anterior a la entrada en vigor de la normativa aplicable.
Resumen: PRIMERO.- Se trata de un caso sustancialmente coincidente con el que hemos resuelto en nuestro auto de fecha 29 de septiembre de 2020, en el recurso de queja 836/20, por lo que reproducimos a continuación nuestros argumentos para desestimar el presente recurso: