• Tipo Órgano: Juzgado de lo Social
  • Municipio: Palencia
  • Ponente: MARIA DEL PILAR MORATA ESCALONA
  • Nº Recurso: 365/2020
  • Fecha: 30/11/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: DESPIDO
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: FRANCISCO JAVIER MOLINA GIMENO
  • Nº Recurso: 471/2020
  • Fecha: 30/11/2020
  • Tipo Resolución: Auto
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL MOLINA YESTE
  • Nº Recurso: 774/2020
  • Fecha: 30/11/2020
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: RENTA NO RESIDENTES
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: CARLES VILA I CRUELLS
  • Nº Recurso: 373/2018
  • Fecha: 30/11/2020
  • Tipo Resolución: Auto
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: VICENTE CONCA PEREZ
  • Nº Recurso: 425/2020
  • Fecha: 30/11/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: JUAN LEON LEON REINA
  • Nº Recurso: 854/2019
  • Fecha: 30/11/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Audiencia estudia el concepto de aval prestado por un tercero para garantizar las obligaciones del arrendatario. Ese aval es exigible cuando no cumple el arrendatario aunque esté recogido en un documento distinto del contrato de arrendamiento. Además es solidario y no exige para su efectividad un requerimiento previo al afianzado. Es un contrato relacionado con el arrendamiento, pero con carácter autónomo como contrato entre avalista y arrendador. Sin embargo, como el avalista o fiador no puede obligarse a más que el afianzado, no se le puede exigir el pago de las cantidades adeudadas por el arrendador una vez que finalice el juicio de desahucio con el decreto del secretario. Pues las cantidades por esa ocupación suplementaria (llámense rentas o indemnización) no obedecen tanto al contrato como al comportamiento del arrendador, del que no debe responder el avalista.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Valladolid
  • Ponente: RAQUEL VICENTE ANDRES
  • Nº Recurso: 1665/2020
  • Fecha: 30/11/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: REGULACIÓN DE EMPLEO
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Segovia
  • Ponente: JESUS MARINA REIG
  • Nº Recurso: 292/2020
  • Fecha: 30/11/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: DERECHO DE VISITAS. Los horarios de trabajo no impiden al padre ni a la madre hacerse cargo de su hijo, no es razón para restringir de forma tan extraordinaria como se pretende la relación padre e hijo, que es derecho del hijo que se ha de favorecer. PENSIÓN ALIMENTICIA. CUANTÍA. La fijada, de 200 €/mes, es notablemente superior a la que para tales ingresos establece a aplicación informática del Consejo General del Poder Judicial, del orden de la que corresponde a ingresos del padre de 1.500 euros. PENSIÓN COMPENSATORIA. IMPROCEDENTE. No se concede en función de la escasa convivencia, 3 años, y porque la ex esposa no ha dejado de trabajar tras la separación, aunque sea de forma temporal siendo esa temporalidad habitual en los tiempos actuales, aparte de que teniendo en cuenta los ingresos de uno y otro no puede decirse que haya desequilibrio notario entre ambos.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: FERNANDO UTRILLAS CARBONELL
  • Nº Recurso: 825/2019
  • Fecha: 30/11/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La audiencia estudia la duración de un contrato de arrendamiento de local de negocio en el que se había acordado su terminación. No obstante lo cual se siguió ocupando por un tercero en la posición contractual de la arrendataria y pagando las rentas. Se plantea si eso puede suponer una aceptación de subrogación. A lo que contesta negativamente la Audiencia, puesto que las novaciones contractuales no se presumen. Tampoco el pago supone la subsunción en el lugar del arrendatario, pues es válido el pago hecho por terceros. Pero sí que puede considerarse a ese tercero como factor notorio de la arrendataria. Factor que pactó con la propiedad la conclusión del contrato. Pacto al que da validez la Audiencia pues la arrendataria con sus actos propios no mostró oposición real a dicho acuerdo de terminación del arrendamiento.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: JUAN LEON LEON REINA
  • Nº Recurso: 930/2019
  • Fecha: 30/11/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia

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