Resumen: Conflicto Colectivo. SE pretende declarar injustificada petición ERTE en base fuerza mayor por COVID en trabajadores de la ORA habiéndose aprobado por la Autoridad Laboral, lo que desestima instancia, sin obligación empresa complementar salario afectados. Y respecto a la segunda cuestión -relativa a si la empresa tiene que complementar el salario de los trabajadores durante la aplicación del ERTE- se remite a lo dispuesto en el art. 45.2 del ET indicando que la suspensión del contrato de trabajo exonera de las obligaciones recíprocas de trabajar y remunerar el trabajo por lo que no existe base legal para tal reclamación sin que tampoco pueda atenderse a un posible reequilibrio del contenido económico del contrato de gestión de servicio público ya que no es más que un futurible, sometido a una serie de condiciones administrativas, y que ese hipotético y futuro reequilibrio de las prestaciones no siempre se traducirá en un reembolso económico, sino que puede revestir otras muchas formas de compensación por esas eventuales pérdidas.