Resumen: El condenado impugna la sentencia, invocando la nulidad del juicio por vulneración del derecho de defensa, al haber sido denegada la suspensión del juicio solicitada por su defensa, alegando la imposibilidad de comparecencia del acusado al referido acto del juicio, por aislamiento por Covid, habiendo formulado la oportuna protesta. No toda infracción procesal conduce a una declaración de nulidad, siendo preciso que, además de la irregularidad procesal, se cause indefensión material. En el presente supuesto en el acto del juicio oral, no le constaba al juzgador de instancia que la incomparecencia del acusado fuese involuntaria, al no haberse aportado el justificante médico incorporado al recurso, por lo que el Magistrado-Juez a quo, de conformidad con lo informado por el Ministerio Fiscal denegó la petición de suspensión instada por la defensa del acusado, pero a la vista de la documental presentada con el recurso estima la Sala que, no se trató de un supuesto de declinación voluntaria a comparecer al juicio, ejercer su derecho de defensa y estar presente en la práctica de la prueba por parte del acusado, sino de un caso de incomparecencia justificada que imposibilitaba su celebración en ausencia, lo que justifica la nulidad de la sentencia y del correspondiente juicio, por cuanto su celebración en tales condiciones supuso una vulneración de lo dispuesto en el art. 24 CE que consagra el derecho a la tutela judicial efectiva y a ser oído, con producción de efectiva indefensión.
