Resumen: La subrogación por fallecimiento del arrendatario se produce bajo una serie de condiciones en favor del familiar conviviente. La notificación en el plazo de 3 meses desde la muerte al arrendador del fallecimiento, con certificado registral la identidad del subrogado y parentesco y un principio de prueba sobre ello. Ahora bien, esos requisitos han sido interpretados de forma flexible, en atención al cumplimiento de la finalidad del precepto. Que el arrendador sea conocedor de dichas circunstancias. Si bien, el Tribunal Supremo ha tenido posturas de mayor flexibilidad y de mayor rigidez al respecto. Sin que pueda llegar a hablarse de consentimiento tácito. Pues la subrogación no precisa del consentimiento del arrendador. Pero sí de conocimiento de las circunstancias por pruebas indirectas. Tampoco el cobro de rentas por la ocupación del familiar se puede necesariamente considerar como consentimiento tácito, pues es la contraprestación por la ocupación. Pero conocimiento no es sinónimo de consentimiento. Las dudas de hecho llevan a no imponer costas.
Resumen: El coste de mantenimiento de un hijo de casi 18 años cuando se dicta la sentencia de instancia es muy superior a los 400 € mensuales, computando todas las necesidades de vestido, calzado, salud, higiene, formación, transporte, vivienda, confortabilidad, etc. Ya se computó como valor la cesión del uso de la parte de la vivienda correspondiente al padre. No consta que realmente el padre estuviera en penuria económica cuando se dicta la sentencia de instancia. La actividad profesional del padre (contabilidad, asesoría fiscal) permite trabajar por cuenta ajena y por cuenta propia. La madre tiene unos ingresos constantes de 1700 € más pagas extraordinarias. Uno de los hijos es mayor de edad y está siguiendo estudios universitarios cuyo coste no se previó y que ahora se ha de atender. El hecho de que posteriormente, una vez ya presentada la demanda de divorcio el cónyuge pasara a estar desempleado no permite reactivar una solidaridad cuando el vínculo matrimonial ya está roto y la convivencia cesada.