Resumen: La escasa cuantía en la diferencia entre la indemnización puesta a disposición y la procedente es indicio de excusabilidad en el error. Las causas económicas se proyectan a la empresa o unidad de producción, mientras que las restantes causas tienen su origen en sectores o aspectos limitados de la vida empresarial. A los órganos jurisdiccionales les compete no sólo emitir un juicio de legalidad en torno a la existencia de la causa alegada, sino también de razonable adecuación entre la causa acreditada y la modificación acordada.
Resumen: Condena al acusado como autor material de un delito continuado de abuso sexual con prevalimiento y acceso carnal. Acusado que entre los años 2008 y 2012 inicia y mantiene una relación afectiva con una alumna desde que ésta contaba con 13 años, con la que va creando vinculos de dependencia que aprovecha para mantener conductas sexuales que van incrementando en intesidad hasta culminar con penetraciones vaginales cuando la menor ya tiene 16 y 17 años. Presunción de inocencia y prueba incriminatoria. Testimonio de la víctima suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia. Elementos externos de corroboración. Abuso sexual caracterizado por la ausencia de violencia o intimidación. Vicio del consentimiento de la víctima. Prevalimiento de la situación de superioridad que le confiere al autor la condición de profesor de la menor y por la diferencia de edad entre ellos. Acceso carnal como factor de agravación. Atenuante e reparación del daño al haber abonado el acusado, con anterioridad al juicio, la cantidad reclamada por el Fiscal en concepto de responsabilidad civil, a pesar de que en el acto del juicio elevó esa reclamación a un importe superior. Continuidad delictiva. Resarcimiento por daños morales.