• Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Palma de Mallorca
  • Ponente: MARIA ISABEL DEL VALLE GARCIA
  • Nº Recurso: 633/2023
  • Fecha: 26/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: MATERIAS NO ESPECIFICADAS
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Oviedo
  • Ponente: ALFONSO PEREZ CONESA
  • Nº Recurso: 140/2024
  • Fecha: 26/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: DERECHO ADMINISTRATIVO
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Valladolid
  • Ponente: CARLA GARCIA DEL CURA
  • Nº Recurso: 2114/2023
  • Fecha: 26/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: INCAPACIDAD PERMANENTE
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA LUZ GARCIA PAREDES
  • Nº Recurso: 469/2024
  • Fecha: 26/11/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: EXTINCIÓN DE CONTRATO TEMPORAL. FRAUDE. INDEMNIZACIÓN. FALTA DE RELACIÓN PRECISA Y CIRCUNSTANCIADA. FALTA DE CITA Y FUNDAMENTACIÓN DE LA INFRACCIÓN LEGAL
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Valencia
  • Ponente: LUIS MANGLANO SADA
  • Nº Recurso: 1051/2023
  • Fecha: 26/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia,estimando la alegación de prescripción,anula la liquidación y la sanción referentes al ejercicio 2015 y a uno solo de los dos contribuyentes demandantes. Por lo demás, la sentencia desestima el recurso. Los dos contribuyentes aducían que la Administración les imputó indebidamente rendimientos de capital mobiliario por transferencias e ingresos de efectivo en sus cuentas personales de rentas vinculadas con el ejercicio de la actividad mercantil de determinada entidad mercantil, al incrementar los ingresos imputables a dicha mercantil, sin tener en cuenta que se trataba de varios sujetos pasivos independientes, con lo que no cabía una suma de los ingresos brutos habidos.Al respecto, la sentencia señala que se daban indicios que permitían concluir que se había producido un vaciamiento de los ingresos en la sociedad mediante la atribución de algunas operaciones al socio a nivel personal, o mediante, directamente, la omisión de parte de los ingresos que, sin embargo, sí quedaban registrados en las cuentas bancarias. En esa misma línea, la sentencia precisa que habían sido la sociedad y los socios, administradores únicos de la sociedad, los que con su actuación habían originado una confusión entre los ingresos de la mercantil y los suyos propios, al ingresar en las cuentas de los socios ingresos de la sociedad. Así las cosas, considerada la liquidación suficientemente motivada , la sentencia la confirma, al igual que la sanción impuesta
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Valencia
  • Ponente: RICARDO FERNANDEZ CARBALLO-CALERO
  • Nº Recurso: 675/2021
  • Fecha: 26/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: JOSE ANTONIO RODRIGUEZ SAEZ
  • Nº Recurso: 90/2024
  • Fecha: 26/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Zaragoza
  • Ponente: ANTONIO ANGOS ULLATE
  • Nº Recurso: 614/2023
  • Fecha: 26/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Bilbao
  • Ponente: IRENE RODRIGUEZ DEL NOZAL
  • Nº Recurso: 407/2022
  • Fecha: 26/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Valladolid
  • Ponente: LUIS MIGUEL BLANCO DOMINGUEZ
  • Nº Recurso: 577/2023
  • Fecha: 26/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se estima parcialmente el recurso interpuesto y,con ello,la reclamación de responsabilidad patrimonial formulada por los daños y perjuicios sufridos como consecuencia de la cesión y puesta a disposición de la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León del Hospital San Juan de Dios de León desde marzo hasta diciembre de 2020 para la atención y asistencia de pacientes COVID. Frente a la indemnización reclamada por la actora concretada en 425.297,80 euros se reconoce por la Sala el derecho de la actora a que las asistencias médicas realizadas de pacientes derivados desde el Sistema de salud al margen del Convenio le sean abonadas conforme a la Resolución de 21 de noviembre de 2011 destacando para ello que, de las pruebas practicadas no ha quedado debidamente acreditado que dicho Hospital haya atendido a pacientes COVID, correspondiendo a dicha parte la carga de probar este extremo que es negado por la Administración. Y sin que el informe emitido por la Inspección médica sea prueba bastante, al limitarse, a recoger, lo que le transmite el Hospital sin que, en definitiva quede acreditado qué pacientes fueron tratados, ni cuál fue su patología, ni cuál fue el tratamiento recibido. En todo caso la administración reconoce que de las 58 intervenciones a las que se refiere la parte actora, 45 no estaban incluidas en el Convenio, por lo que dicha la parte tiene derecho a que le sean abonado su coste. Estimándose en dichos términos el recurso interpuesto.

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