Resumen: PRIMERO.- Motivos del recurso de apelación. La ausencia del letrado se encontraba perfectamente justificada conforme al ordenamiento jurídico y jurisprudencia de su desarrollo, habiendo presentado parte médico de Incapacidad Temporal realizado por el Doctor Juan Luis cumpliendo el requisito previsto en el art. 188.1.5LEC. Solicita por tanto la nulidad de actuaciones desde la Diligencia de ordenación de 5 de junio de 2020 y la totalidad de las resoluciones posteriores procediendo a señalar día y hora para la celebración de la Audiencia Previa en sede de las presentes actuaciones .