Resumen: PRIMERO.-. Por la representación procesal de D. Ricardo, condenado, a pena de tres años y tres meses de prisión y multa de 102.000 euros ( con arresto subsidiario de seis meses por impago ) , por un delito contra la salud publica sobre sustancias que no causan grave daño a la salud ( plantación destinada al cultivo de marihuana) , se interpone recurso de apelación contra el auto, dictado por el Juzgado de ejecutorias penales, en virtud del cual se denegó al recurrente la concesión de la suspensión extraordinaria de la ejecución de la pena de los artículos 80.5 del Código Penal por falta de acreditación de la toxicomanía en el momento del hecho; alegando los siguientes motivos :
Resumen: El Tribunal Superior de Justicia desestima el recurso que formula la demandante contra la sentencia que declara procedente su despido disciplinario. La Sala considera que, siendo la demandante miembro del comité de empresa y del de seguridad y salud laboral, ello no le autorizaba a grabar, como grabó con una compañera, diversas imágenes de trabajadores de la empresa en diversas dependencias de la misma, incluso en vestuarios, grabándoles incluso solo con ropa interior. Ello motivó quejas masivas de los mismos y de varios sindicatos. Entiende que esta conducta, reiterada durante una semana, es lo suficientemente grave y culpable como para justificar su despido y no lo serían el resto de imputaciones, relativas a los modos en que se dirigió a tres responsables de la empresa reclamando unos guantes protectores cuya ubicación conocía al ser miembro de la comisión de salud laboral, al igual que el hecho de repartir una tarta con las manos en periodo de pandemia, en el que se producen los hechos. Previamente desecha una reforma fáctica, al basarse en prueba inhábil como es la testifical, aparte de no constar error en la valoración de la prueba. Así mismo, previamente rechaza que el despido sea reacción empresarial a la actividad sindical o representativa de la trabajadora, considerando que no existe panorama indiciario suficiente de ello y si constatadas las apuntadas conductas sancionables.
Resumen: PRIMERO.- Por la representación procesal del condenado a pena de 4 meses de prisión por un delito de apropiacion indebida, con una responsabilidad civil de 495 euros, se interpone recurso de apelación contra el auto, dictado por el Juzgado de ejecutorias penales, en virtud del cual se revocó al recurrente la concesión de la suspensión ordinaria de la ejecución de la pena por incumplimiento del abono de parte de la responsabilidad civil; se alega, que ha tenido problemas de confinamiento derivados del COVID, aludiendo a que en el ya pasado mes de abril, habrá abonado la cuantía pendiente.
