Resumen: Se resume la Doctrina de los actos propios, ya que se alega que si bien el arrendador remitió comunicación denegando la prórroga, entienden que desoués existieron actos concluyentes que permitieron mantener el arrendamiento hasta que la arrendataria y sus hijos encontraran vivienda por estar en situación de vulnerabilidad, si bien el Tribunal valorando las pruebas considera que no ha quedado acreditado que realizara actos en sentido contrario a la denegación de prórroga, pues no lo es aceptar el pago de la renta y tampoco mantener conversaciones o una negociación, pues se exige acuerdo de voluntades y aquí no lo hubo, como lo demuestra la presentación de la demanda. Respecto de la situación de vulnerabilidad se establece que el derecho a la vivienda constitucionalmente protegido implica el mandato a los poderes públicos para que establezcan las condiciones necesarias y normas pertinentes para que todas las personas puedan disfrutar de ella, habiéndose dictado normas protectoras en este sentido y sin que la normativa sea contraria al texto constitucional ni a los tratados internacionales, no pudiendo los particulares ver limitado su derecho a recuperar la posesión de la vivienda dada en arrendamiento por ese motivo, pues se vulneraría su derecho de propiedad.