Resumen: En la demanda se impugna la supuesta modificación de la jornada y el horario llevados a cabo por el Patronato Provincial de Recaudación. La sentencia del Juzgado de lo Social estima la demanda y deja sin efecto la aludida modificación. La Sala, al analizar el recurso de suplicación del Patronato demandado, analiza las diferencias entre movilidad sustancial y movilidad funcional, y llega a la conclusión de que realmente no se produjo la alegada modificación sustancial de condiciones de trabajo, con lo que estima el recurso y revoca la sentencia recurrida.