Resumen: PRIMERO.- El Sr. Evelio solicitaba en la demanda origen de las actuaciones en curso y presentada el 20 de julio de 2020, que se declarase la nulidad del despido disciplinario sufrido con efectos del anterior 11 de mayo; o la improcedencia con carácter subsidiaria; con las consecuencias legales y económicas inherentes a la declaración que definitivamente resultase, adicionaba a esas peticiones una indemnización de 5.000 euros por los daños morales ocasionados.
Resumen: El Juzgado de instancia dicta Sentencia en la que desestima la demanda de un trabajador frente a su empleadora en la que solicitaba el disfrute de 31 días de vacaciones correspondientes al año 2018. La Sala analiza el recurso de suplicación del trabajador demandante, que denuncia la infracción del art.38.3 ET en relación con el art. 57.4 del Convenio Colectivo de empresas de seguridad privada y la Disposición Adicional Cuarta del RD 463/2020 de 14 de marzo por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid 19, en relación con la Disposición Adicional Segunda y Tercera de dicha norma legal y el art. 1969 del Código Civil. La Sala razona: a) que desde el 31 de diciembre de 2018 hasta el 16 de julio de 2020, fecha en que solicita las vacaciones, habían transcurrido los dieciocho meses establecidos en la norma legal y en el Convenio Colectivo para su disfrute, en regulación coincidente con el Convenio OIT; b) que, en caso de IT que haya impedido disfrutar las vacaciones en el año natural a que corresponden, existe la posibilidad de su disfrute, finalizada la IT, siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir de final en el que se originaron, por lo que la tesis del recurrente tendría sentido si el plazo para resolver el expediente se hubiera prolongado más allá de lo establecido en la norma, lo que no ha ocurrido. Se desestima el recurso y se confirma la Sentencia de instancia.
Resumen: PRIMERO.-Cuestiones controvertidas en esta alzada:
Resumen: CONDUCCIÓN BAJO INFLUENCIAS BEB.ALCOHÓLICAS/DROGAS