Resumen: PRIMERO.- Frente al auto que desestima la oposición formulada por Dª Jone Uribarri Ortiz de Barrón a la ejecución despachada a instancia de D. Felicisimo por incumplimiento del régimen de visitas del hijo menor, se alza la ejecutada, que postula la revocación de la resolución recurrida y el dictado de otra en su lugar que no aprecie incumplimiento.
Resumen: En la demanda se impugna la modificación sustancial de condiciones de trabajo consistente en el cambio de horario que afecta a trece trabajadores. La Sala analiza la modificación impugnada y concluye que el número de trabajadores afectados por la misma no supera el umbral requerido para calificar la modificación como colectiva, con lo que, sin entrar en el fondo del asunto, aprecia inadecuación de procedimiento.