Resumen: PRIMERO.- El Sindicato LAB solicitaba en la demanda origen de las actuaciones en curso y presentada el 21 de julio de 2020, en nombre de su afiliada Sra. Lorenza, que se declarase la nulidad del despido a su juicio sufrido el anterior día 6, o su improcedencia de manera subsidiaria, con las consecuencias legales inherentes a la declaración que definitivamente resultase
Resumen: La Sala estima el recurso de apelación interpuesto contra auto que acordó la suspensión cautelar del acto administrativo impugnado.La existencia de una garantía real sobre la finca del apelante en orden al cumplimiento de las cargas de urbanización y pago de los gastos inherentes, como consecuencia de la aprobación del proyecto de reparcelación en virtud de lo previsto por el artículo 45.1.c) LSU no obsta la concurrencia de un interés público que demanda la ejecución del acto, ya que, aun cuando se trata de una garantía del pago de las cargas de urbanización, no puede asentarse en ella la suspensión de los requerimientos de pago correspondientes a los gastos de urbanización, puesto que ello impediría la ejecución del planeamiento o bien desplazaría sobre las arcas municipales el coste temporal de su ejecución, que sólo a los propietarios del ámbito corresponde, con menoscabo de recursos para la atención de los demás servicios públicos municipales. En la dinámica de la reparcelación dentro del sistema de cooperación, los saldos de la cuenta de liquidación provisional son deudas líquidas y exigibles que median entre cada uno de los interesados y la Administración actuante y que en caso de impago procede la vía de apremio de acuerdo con lo previsto por el artículo 127 del Reglamento de gestión urbanística y de conformidad con lo previsto por el artículo 132 del TRLS/76.
Resumen: PRIMERO.- Pretensión de la demandante y planteamiento del debate
Resumen: QUEBRANT.CONDENA O MED.CAUTELAR (TOD.SUPUESTOS)