Resumen: Confirma la condena del recurrente, que no compareció al juicio, por el delito de conducción sin permiso. La Sala recuerda que aun cuando la inasistencia a juicio ("juicio en ausencia") no cabe entenderla como aquiescencia a los hechos objeto de acusación (a modo de "ficta confesio"), ni siquiera cabría fundar una sentencia condenatoria exclusivamente en la declaración efectuada por el acusado en sede sumarial (sí hubiere existido) cuando citado a juicio opta por no asistir la falta de explicación suficiente sobre las razones por las que conducía el vehículo el día de los hechos careciendo del correspondiente permiso que le habilitare para ello, su silencio o las respuestas evasivas sobre su vinculación con los hechos, puede ser considerado por el tribunal como un indicio, que no es contrario al principio "nemo tenetur".
Resumen: En proceso de conflicto colectivo, se estimó la excepción de falta de legitimación activa de la parte actora y, sin entrar a resolver la cuestión de fondo, se absolvió a la parte demandada. La parte recurrente pretende introducir como hecho probado una valoración jurídica sobre la cuestión procesal que ha estimado la Sala de instancia. En el siguiente motivo la recurrente omite por completo cualquier argumentación sobre el precepto constitucional que invoca. La sentencia recurrida aprecia la falta de legitimación activa porque la actuación sindical del demandante tan solo afecta al centro de trabajo de Mérida y no del conjunto de trabajadores a los que extiende su pretensión y no ha acreditado ostentar poderes para representar a la organización sindical en cuyo nombre dice actuar. La recurrente no está combatiendo la falta de representación del Sindicato sino que centra su capacidad procesal sobre la Sección Sindical y por ostentar la condición de delegado sindical. Se desestima el recurso.