Resumen: El sindicato actor recurre en suplicación la sentencia del Juzgado de lo Social, que desestima su demanda de conflicto colectivo, en la que se impugnan los cambios de turno y vacaciones de los trabajadores del 112, por circunstancias sobrevenidas. La Sala de lo Social rechaza, en primer lugar, la solicitud de nulidad de actuaciones por no apreciar el efecto positivo de la cosa juzgada, toda vez que las circunstancias concurrentes en la anterior sentencia firme son diferentes a las ahora examinadas, como consecuencia de la pandemia generada por la COVID-19. En segundo lugar, deniega la modificación del relato fáctico, por ser intrascendentes los datos que se quiere incorporar. Y, en tercer lugar, desestima el recurso ya que el Servicio de Emergencias suspendió temporalmente el disfrute de vacaciones, en los meses de marzo a junio de 2020, por las circunstancias sobrevenidas a consecuencia de la COVID-19, lo que justificó la aplicación de la norma convencional que otorga a la empleadora la posibilidad de adoptar tales medidas.