Resumen: No puede achacarse a la demandada conducta alguna inadecuada o que constituya discriminación o vulneración de los derechos fundamentales de la demandante.El hecho de que tal modificación de condiciones de trabajo se estimase injustificada no quiere decir que la misma constituyese una vulneración de los derechos fundamentales de la demandante, una represalia por anteriores actuaciones de esta, ni que se adoptase con la finalidad de vulnerar su dignidad o de causarle un perjuicio. Lo único que consta, es que, no habiéndose puesto de manifiesto en la comunicación de modificación de la ruta que la trabajadora venía realizando, la causa de tal modificación, la misma fue dejada sin efecto.
Resumen: PRIMERO: Se ejercita por la parte demandante, acción de reclamación de cantidad, por importe total de 1.590,41 Euros, en base a los siguientes hechos: la demandante, contrató el transporte que se detalla en el Hecho Primero de la Demanda, no pudiendo viajar como consecuencia del COVID-19.