Resumen: Se condena al acusado como autor de dos delitos de agresión sexual con acceso carnal a menor de 16 años con violencia e intimidación y abuso de superioridad. En la época en la que residía en el domicilio de sus padres, donde su hermana dejaba frecuentemente a su hijo de 8 años de edad, en una ocasión, introdujo a este el pene en la boca, le lanzó sobre la cama y le penetró analmente y, al año siguiente, se puso sobre sus piernas y le penetró analmente. Los hechos quedaron probados en virtud de las declaraciones del menor, claras y precisas, sin ambigüedades ni contradicciones. Y su testimonio está corroborado. Así, el acusado reconoció que su hermana y sus hijos solían estar en casa de su madre, con la que convivía. Quedó acreditado el carácter ofensivo y agresivo del acusado. Igualmente, se probó la ausencia de motivación espuria en la actuación del menor, siendo buena la relación que existía entre ellos. Se constató que el menor presentaba una dilatación anal. Y las psicólogas forenses consideraron creíble su testimonio. Los hechos son constitutivos de los delitos referidos, que se caracterizan por el atentado contra la indemnidad de la víctima, empleando violencia o intimidación, mediante acceso carnal por vía anal y bucal. El acusado se prevalió de la relación de superioridad, siendo miembro cercano de la familia. No se aprecia un delito continuado, dado que existen dos periodos perfectamente individualizados. Se fija una indemnización de 60.000 euros por daño moral.