• Tipo Órgano: Juzgado de lo Mercantil
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: YOLANDA RIOS LOPEZ
  • Nº Recurso: 765/2021
  • Fecha: 27/04/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Ávila
  • Ponente: JAVIER GARCIA ENCINAR
  • Nº Recurso: 100/2022
  • Fecha: 27/04/2022
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: QUEBRANTAMIENTO DE LOS DEBERES DE CUSTODIA
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Coruña (A)
  • Ponente: MONICA SANCHEZ ROMERO
  • Nº Recurso: 11/2021
  • Fecha: 27/04/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: En el caso presente, resulta un dato objetivo que el expediente se incoa por acuerdo de 1 de octubre de 2019, y que la resolución que le pone fin, de fecha 17 de noviembre de 2020, es notificada al demandante el día 18 de noviembre siguiente. Por tanto, transcurren más de los doce meses que ambas partes señalan como plazo normativo para resolver el expediente. Ahora bien, habida cuenta de que entre las fechas indicadas fue declarado el estado de alarma en relación a la pandemia sanitaria causada por el Covid-19, ha de considerarse la aplicación de la Disposición Adicional Tercera del RD 463/20, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Bilbao
  • Ponente: FLORENTINO EGUARAS MENDIRI
  • Nº Recurso: 530/2022
  • Fecha: 27/04/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El Juzgado de instancia estima en su petición subsidiaria la demanda de despido de un trabajador frente a su empleadora y lo declara improcedente. La Sala analiza los recursos de suplicación de la empresa demandada, que denuncia la infracción de los arts. 51 y 52 ET y 122 LRJS, pretendiendo la declaración de procedencia, y el del trabajador demandante, que denuncia la infracción de los arts. 14 y 24 CE y 55 ET, pretendiendo su nulidad. La Sala razona: a) en el recurso de la empresa, que la extinción o reducción de una contrata puede ser causa de despido objetivo, siendo exigible la razonabilidad e idoneidad de la misma, en cuanto que debe ajustarse a criterios lógicos la extinción, exigiéndose la denominada proporcionalidad o control de ella, así como que, en el caso analizado, la extinción podría ser válida, pero el trabajador estaba asignado a otro centro distinto del suyo sin que el contrato temporal hubiera sido novado; b) en el recurso del trabajador, en torno a la garantía de indemnidad y la prueba indiciaria de vulneración de derechos fundamentales, así como que, en el caso, consta que el trabajador había realizado diversas reclamaciones y que en una demanda, el Decreto de admisión de la misma es del día anterior a su despido, sin que la empresa haya acreditado desconocimiento de este hecho o que ha actuado al margen de cualquier reacción, por lo que el despido es nulo por vulneración de derechos fundamentales - garantía de indemnidad y no discriminación -.
  • Tipo Órgano: Juzgado de lo Mercantil
  • Municipio: Alicante/Alacant
  • Ponente: GUSTAVO ANDRES MARTIN MARTIN
  • Nº Recurso: 491/2020
  • Fecha: 27/04/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Palmas de Gran Canaria (Las)
  • Ponente: MARIA DE LA PAZ PEREZ VILLALBA
  • Nº Recurso: 1228/2020
  • Fecha: 27/04/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Confirma la sentencia que declara haber lugar al desahucio por precario y acuerda el lanzamiento de los ocupantes. Rechaza, en primer lugar, la falta de legitimación activa alegada pues con la demanda se aporta nota simple sobre la titularidad dominical del inmueble litigioso, título suficiente para el Juicio de precario para acreditar la condición de la actora de propietaria del inmueble. Con relación a la suspensión del juicio de desahucio por vulnerabilidad del arrendatario entiende que dicha cuestión debe de resolverse en un incidente aparte de ejecución y no en la propia sentencia que declara el desahucio por precario dado que tal la suspensión por vulnerabilidad sólo cabe en el lanzamiento, no en el procedimiento declarativo, de acuerdo con los diferentes Reales Decretos Ley que han ido dictándose sobre medidas urgentes para hacer frente a la vulnerabilidad social y económica en caso de falta de alternativa habitacional, que distingue entre los desahucios por falta de pago y los de precario, de forma que este último supuesto, tal suspensión solo puede ser acordada en un incidente específico en fase de ejecución e implicará la suspensión no del juicio de desahucio sino del lanzamiento ya acordado.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Málaga
  • Ponente: ERNESTO UTRERA MARTIN
  • Nº Recurso: 299/2022
  • Fecha: 27/04/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El sindicato demandante impugna la, a su juicio, modificación sustancial de condiciones de trabajo, consistente en el cambio de la manera de fijación del período de vacación anual. La sentencia del Juzgado de lo Social estima la demanda declarando la nulidad de la modificación sustancial de condiciones de trabajo impugnada en la misma. La Sala, al analizar el recurso de suplicación de la empresa demandada, concluye que la manera de fijación de las vacaciones era una condición más beneficiosa y que para dejarla sin efecto la empresa no ha seguido el procedimiento legalmente establecido, con lo que confirma la sentencia recurrida.
  • Tipo Órgano: Juzgado de lo Mercantil
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: BERTA PELLICER ORTIZ
  • Nº Recurso: 113/2022
  • Fecha: 27/04/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Juzgado de lo Mercantil
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: ALFONSO MERINO REBOLLO
  • Nº Recurso: 556/2021
  • Fecha: 27/04/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Juzgado de lo Mercantil
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: ALFONSO MERINO REBOLLO
  • Nº Recurso: 578/2021
  • Fecha: 27/04/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.