• Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ENRIQUE GABALDON CODESIDO
  • Nº Recurso: 149/2020
  • Fecha: 27/01/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN PEDRO QUINTANA CARRETERO
  • Nº Recurso: 85/2020
  • Fecha: 27/01/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Juzgado de Primera Instancia
  • Municipio: Pamplona/Iruña
  • Ponente: RAFAEL RUIZ DE LA CUESTA MUÑOZ
  • Nº Recurso: 869/2021
  • Fecha: 27/01/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Granada
  • Ponente: RAFAELA HORCAS BALLESTEROS
  • Nº Recurso: 2037/2021
  • Fecha: 27/01/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Juzgado de lo Social
  • Municipio: Toledo
  • Ponente: MARIA DEL PILAR RODRIGO DEL HOYO
  • Nº Recurso: 10/2021
  • Fecha: 27/01/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: DESPIDO
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO VICENTE SEMPERE NAVARRO
  • Nº Recurso: 78/2020
  • Fecha: 27/01/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se cuestiona si compete al orden social el conocimiento de la pretensión de información formulada por un Sindicato y dirigida a una Consejería con referencia a los expedientes de suspensión temporal de empleo (ERTEs) por causa de fuerza mayor asociada al Covid-19, o por razones económicas, organizativas y de producción (ETOP) conexas con la pandemia. Se pretenden datos relativos a las empresas que han solicitado los expedientes referidos (su CIF, provincias de afectación, periodo temporal de duración del ERTE, sector productivo) y a las personas afectadas. Tanto el recurrente cuanto el Ministerio Fiscal invocan de manera acertada la doctrina constitucional conforme a la cual los sindicatos pueden ejercer todas aquellas actividades encaminadas a cumplir las funciones que la Constitución y el Ordenamiento Jurídico les atribuye. El litigio afecta la rama social pues está en juego el alcance que posea la libertad sindical y sus límites. Lo que se dilucida no es el derecho a obtener la información con arreglo a la legislación sobre Transparencia (Ley 19/2013; Ley autonómica 1/2014), sino determinar si la tutela de la libertad sindical alcanza a la reclamación frente a esta actuación de la Junta de Andalucía como Autoridad Laboral (art. 2.n LRJS). En favor de esa solución, desde luego, opera la doctrina constitucional sobre contenido esencial de la libertad sindical (STC 37/1983) y las pautas hermenéuticas facilitadas por el legislador procesal (Exposición de Motivos de la LRJS).
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Bilbao
  • Ponente: EDMUNDO RODRIGUEZ ACHUTEGUI
  • Nº Recurso: 1604/2021
  • Fecha: 27/01/2022
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: PRIMERO.- Sobre los términos del litigio
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Palmas de Gran Canaria (Las)
  • Ponente: OSCAR GONZALEZ PRIETO
  • Nº Recurso: 1491/2021
  • Fecha: 27/01/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Juzgado de lo Mercantil
  • Municipio: Oviedo
  • Ponente: MIGUEL ANGEL ALVAREZ-LINERA PRADO
  • Nº Recurso: 252/2021
  • Fecha: 27/01/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: SIN DEFINIR
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RICARDO BODAS MARTIN
  • Nº Recurso: 233/2021
  • Fecha: 27/01/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Consta que la empresa insta el procedimiento para suspender los contratos de trabajo por fuerza mayor asociada al estado de alarma, recayendo resolución desestimatoria e inadmitiéndose mediante Orden Ministerial su recurso de alzada, por extemporáneo al haber transcurrido el plazo de un mes previsto al efecto. En el recurso de casación se plantea si el plazo para resolver el recurso de alzada interpuesto se vio afectado por la suspensión contemplada en el Real Decreto 463/2020 por el que se declaró el estado de alarma. Tras recordar los requisitos formales para interponer el recurso, la Sala IV sostiene que es posible traer al litigio una norma no expresamente invocada en el mismo, pero estrechamente relacionada y sin alterar la petición o causa de pedir y ello en relación con el RDL 11/2020. Admitida esta posibilidad al darse los requisitos exigidos concluye que el plazo para recurrir en alzada la resolución de la Autoridad Laboral no quedó suspendido como consecuencia de la regla general del RD 463/2020 declarando el estado de alarma y de la DA Novena del RDL 8/2020, pero sí, por así establecerlo expresamente su Disposición Adicional Octava, tras el RDL11/2020, de 31 de marzo, lo que lleva a declarar que el recurso de alzada se interpuso en plazo. Reitera doctrina de STS (Pleno) 1282/2021 de 17 diciembre (rec. 182/2021; Ind. Marjo) y resuelve en concordancia con los recursos 245/2021 y 252/2021, deliberados en la misma fecha. Voto particular: no la retroacción sino solución

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