Resumen: Se cuestiona en el proceso una resolución de un Director de Zona de Correos por la que se acordaba la modificación de la jornada laboral durante el período de vigencia del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. No se integra en el elenco de los derechos adquiridos por los funcionarios públicos el de la inalterabilidad de todos y cualesquiera de los múltiples aspectos que conforman la relación funcionarial en un momento dado, no comprendiéndose entre ellos, en cuanto opuesto al fin para el que se otorga aquella potestad de autoorganización, el mantenimiento inalterable de las unidades administrativas en algún momento diseñadas, su organización, su ubicación, o su integración en el seno de la Administración. La Administración, en el ejercicio de sus facultades autoorganizativas, posee un gran margen de discrecionalidad para elegir la mejor de las soluciones posibles, (indiferentes jurídicos), debiendo respetar los derechos adquiridos, pero no las meras expectativas. Un particular carece de legitimación para esgrimir la nulidad de una disposición general por falta de negociación colectiva, porque son las organizaciones sindicales las titulares del mismo, y carecen aquéllas de una acción genérica en defensa de la legalidad. Medidas adoptadas plenamente motivadas por la situación sanitaria. Desestimación del recurso contencioso-administrativo.