Resumen: INDEMINIZACION DAÑOS Y PERJUICIOS-RESPONSABILIDAD
Resumen: El Tribunal estima el recurso empresarial contra la sentencia que declaró improcedente el despido disciplinario de la demandante y basado en la reiteración en dos faltas graves de impuntualidad en el trabajo. La demandante llegó a un acuerdo con la empresa para trabajar en horario de tarde exclusivamente, puesto que tenía otro trabajo a la mañana y además debía compatibilizar sus estudios con el trabajo. Por motivo de la crisis derivada de la pandemia y dado que la actividad se desarrolla en el ámbito del negocio textil, la empresa modificó ese horario de la demandante, imponiéndolo en parte trabajo a la mañana. Judicialmente se desestimó la pretensión de la demandante de que se considerase modificación sustancial de condiciones de trabajo ilegal, entendiéndose que no era cambio sustancial, sino medida transitoria impuesta por la pandemia. La demandante no acudió al trabajo en el horario fijado por la empresa, sino que sólo acudía a las 3,30 de la tarde, como antes, lo que motivó una sanción grave de suspensión de empleo y sueldo, que, impugnada fue confirmada en vía judicial. Tras una posterior modificación parcial de ese horario, la demandante mantuvo su actitud y fue sancionada por nueva falta grave. Tras otro cambio, persistiendo en su actitud, la empresa le despide. Y en este contexto, la Sala discrepa del Juzgado y entiende que ese retraso horario es causa grave y culpable que justifica el despido enjuiciado, siendo falta muy grave conforme el convenio colectivo.
Resumen: Establece la responsabilidad del acusado por el delito contra la salud pública, en un supuesto en el que al ser sometido a un registro personal (cacheo) se intervinieron en su poder 30 ml de GBL (éxtasis líquido). La Sala aplica el tipo atenuado basándose en que "no existen datos que permitan inferir que el acusado ha llevado a cabo esta conducta en otras ocasiones, y sin que en el contexto de consumo en fiestas de ámbito gay pueda considerarse desorbitada la cantidad incautada, careciendo asimismo de antecedentes penales por delitos contra la salud pública ni otras circunstancias de carácter personal que revelen una especial peligrosidad". Al individualizar la pena, se impone en su extensión mínima, un año y seis meses de prisión. La sentencia incluye referencias a la jurisprudencia del TS sobre la aplicación del tipo atenuado, el tratamiento de las sustancias GHB y GBL y la prueba de la dedicación del tráfico atendiendo al acopio medio de un consumidor durante cinco días.