Resumen: PRIMERO.- Objeto del litigio: El presente juicio verbal versa sobre la demanda interpuesta por D. Roberto contra IBERIA LÍNEAS AÉREAS ESPAÑOLAS S.A. Operadora Unipersonal en ejercicio de una acción de reclamación de cantidad derivada del defectuoso cumplimiento del contrato de transporte aéreo por motivo de la cancelación sufrida.
Resumen: Según el inalterado relato fáctico, el recurso no puede ser estimado al no apreciarse que exista sin mas denegación de asistencia al trabajador. De los hechos declarados probados se concluye que el demandante fue atendida por la Mutua en dos continuadas ocasiones primero en urgencias del Hospital Recoletas de Zamora y luego para reanclaje con sistema biomet en el Hospital Recoletas de Valladolid. Hasta que fue intervenido en la Clínica Centro de Madrid, al demandante se le efectuaron diversas pruebas se le dieron distintos diagnósticos, se le fijaron varias citas de consulta, y fue intervenido en Valladolid con el resultado que consta y antes de poner en conocimiento de la Mutua la segunda opinión emitida por doctor y su decisión de operarse, acudió al Centro Médico de Madrid sin interesar la intervención con cargo a la Mutua, luego el paciente ya había decidido acudir a la medicina privada sin interesar dicha intervención con cargo a la Mutua, siendo desde luego respetable tal decisión pero que no ampara la pretensión deducida y entendiéndolo así la magistrada de instancia que valoró que no se estaba ante urgencia vital, tal decisión no incurre en infracción legal sino en atinada aplicación de la norma conforme a la doctrina legal emanada de las resoluciones de la Sala de lo Social del TS en la materia - STS 31 de enero de 2012, entre otras-, pues no es lo mismo desaconsejar una intervención por el riesgo que denegar la misma.
Resumen: RESIST/GRAVE DESOBED AUTORID/AGENTE/PERS SEG PRIV