Resumen: La actora recurre en suplicación la sentencia del Juzgado de lo Social, que desestima su petición de adscripción provisional a un centro residencial de la Fundación demandada FASAD y horas de descanso compensatorias. La Sala de lo Social estima el recurso y reconoce la adscripción provisional, ya que del art. 19 del convenio colectivo de empresa no se desprende que dicha adscripción se supedite a la voluntad concurrente de las partes, y el hecho de que la Fundación pusiera en marcha el mecanismo de la modificación temporal de las condiciones de trabajo por COVID-19, no excluye la realidad de una adscripción provisional, lo que genera el abono o compensación de una hora de descanso por cada día de trabajo.