Resumen: Reclamándose por las organizaciones sindicales actoras que se incrmenten los salarios del personal incluido en el ámbito del Convenio colectivo de educación infantial en gestión indirecta con arrreglo a la Disposición Final 5ª del convenio sectorial que lo vincula al IPC se estima la demanda por la Audiencia Nacional. No puede neutralizarse tal subida por las subidas del SMI pues ya en el Convenio se preveía como cuantía salarial para algunas categorías el SMI.