Resumen: Se impugna el acuerdo de aprobación de las cuentas anuales. Recuerda la Audiencia que no se trata de un negocio jurídico que requiera el acuerdo de voluntades, sino la expresión de la contabilidad de la sociedad, por lo que con el voto favorable del socio este acepta la corrección de su formulación. Salvo que considere que no reflejan la imagen fiel de la situación económica de la sociedad, una distorsión de cierta magnitud. Por eso si el socio no está de acuerdo con algún gasto efectivamente realizado por la sociedad el remedio será el ejercicio de las acciones de responsabilidad pertinentes; pero eso nada tiene que ver con la corrección contable de las cuentas. Sin embargo, sí que se estima la nulidad del acuerdo de disolución por imposibilidad de conseguir el fin social (enseñanza de idiomas), pues esa finalidad no aparece debidamente acreditada; además no cabe confundir esta causa con la infracapitalización, que no es la alegada para acordar la disolución.
Resumen: Régimen disciplinario de la Guardia Civil. Falta grave de "la comisión de actos que atenten a la dignidad de las instituciones o poderes del Estado o a las personas o autoridades que los encarnan" (art. 8.1 LORDGC). Elementos del tipo. No comete esta falta el comandante de un Puesto que cursa directamente a la Subdelegada del Gobierno un escrito en el que da cuenta de que un ciudadano denunciado por infracción administrativa de está jactando de que la Subdelegada no le va a sancionar por amistad. No cabe apreciar otra posible infracción disciplinaria heterogénea. Estimación del recurso.
Resumen: La Audiencia Nacional desestima la demanda en la que se impugna el procedimiento para la asignación de vacaciones en Iberia y considera que el mismo se ajusta a derecho, pues teniendo en cuenta que los trabajadores con sus contratos suspendidos por ERTE sólo tienen derecho a vacaciones por el tiempo proporcional de servicios prestados, se estima adecuada la decisión empresarial de establecer un criterio en proporción a los días de vacaciones efectivamente disfrutadas en 2021 para establecer los puntos que asignan derechos de preferencia para elegir periodo vacacional en 2022.
Resumen: Impugnación directa del el Real Decreto 689/2021, de 3 de agosto, por el que se establece el título de médica/o especialista en Psiquiatría Infantil y de la Adolescencia y se actualizan diversos aspectos del título de médica/o especialista en Psiquiatría (BOE de 4 de agosto de 2021). El TS, siguiendo precedentes, estima el recurso ante la imposibilidad de que todos los especialistas en Psiquiatría que venían desempeñando funciones de atención psiquiátrica a niños y adolescentes accedan al nuevo título de especialista: principio de confianza legítima. Disposición transitoria 5ª de la Ley 44/2003, relativa a las profesiones sanitarias.