Resumen: INDEMINIZACION DAÑOS Y PERJUICIOS-RESPONSABILIDAD
Resumen: Se desestima el recurso de apelación formulado contra el auto del Juzgado, que denegar la medida cautelar consistente en la suspensión de la ejecutividad de la resolución impugnada, que acuerda la clausura y cese inmediato de la actividad de Cafetería, que se viene ejerciendo sin el correspondiente título habitante que autorice su funcionamiento. El criterio elegido para decidir la suspensión cautelar es que la ejecución pueda hacer perder su finalidad legítima al recurso. Esta exigencia viene a representar lo que tradicionalmente se ha denominado el requisito del " periculum in mora", y lo decisivo será el resultado que en esa ponderación se obtenga, con el carácter indiciario y provisional que corresponde a esta fase cautelar, sobre cuál de tales intereses se revela como más prioritario, por ser su sacrificio el que presente mayor gravedad o trascendencia. En este caso, es evidente que la recurrente carece de título habilitante que autorice el funcionamiento de actividad de cafetería en el local por ella regentado, y prueba de ello es que la actora tan sólo ha esgrimido como título habilitante el correspondiente a una actividad distinta a la que provoca el cierre y clausura de la actividad. Debe ser prevalente el interés público derivado del control previo de la Administración sobre las obras o actividades proyectadas, frente al eventual perjuicio particular derivado del cierre de la actividad, por lo que es procedente el auto impugnado.
