Resumen: El Juzgado de instancia desestima la demanda de una trabajadora que reclama derecho a realizar teletrabajo en un 80% de un jornada frente a una Administración Pública. La Sala analiza el recurso de suplicación de la trabajadora demandante, que solicita la nulidad de la Sentencia por falta de argumentación jurídica y denegación de la prueba de confesión y denuncia la infracción del art. 47 bis ET. La Sala razona: a) que no cabe declarar la nulidad de la Sentencia porque la sentencia recurrida expresamente vincula su desestimación a la interpretación que se realiza del art. 47 bis ET y que la prueba de confesión no tiene mayor incidencia; b) que, aunque no son normas jurídicas, procede estar a las instrucciones y resoluciones internas de la Administración demandada, pues son directrices en los que esta se apoya para adoptar criterios aplicativos del teletrabajo; c) que en dichas instrucciones se prioriza el teletrabajo de quienes tienen a su cargo menores de hasta 14 años, lo que es el caso de la demandante cuando lo solicitó; d) que la demandada no ha aportado causa justificativa ni motivado la denegación a la demandante, que está incluida en el colectivo de trabajadores priorizables, exigiéndose tal razonamiento ante la evidencia de ser personal con derecho al teletrabajo. Se estima el recurso y se declara el derecho de la trabajadora a teletrabajar al 80% de su jornada, condenando a la Administración demandada a cumplir dicha declaración.
Resumen: PRIMERO.- Alega la parte demandante, que la demandada, como titular del local "Atsegin hamburguesería", ha venido haciendo uso del repertorio de obras gestionadas por SGAE, sin abonar la cantidad a la que se había comprometido según contrato y por lo tanto, sin haber pagado las tarifas correspondientes a ese uso durante el periodo por el que se reclama.
Resumen: PRIMERO.- Entabla la parte actora, Don Cristobal, recurso de suplicación frente a la sentencia que ha desestimado su demanda en la que impugnaba la resolución del INSS de 27 de octubre de 2020 (confirmada en la ulterior que resolvió la reclamación previa), que rechazó reconocerle grado alguno de incapacidad permanente.
Resumen: Régimen Disciplinario de la Guardia Civil Ley Orgánica 12/2007, de 22 de octubre. Falta muy grave consistente en el "desarrollo de cualquier actividad que vulnere las normas sobre incompatibilidades" prevista y sancionada en el apartado 18 del artículo 7, y 11.1 de la Ley Orgánica 12/2007, de 22 de octubre, de Régimen Disciplinario de la Guardia Civil. Prueba obtenida ilícitamente con vulneración de la protección de datos, doctrina de la fruta del árbol envenenado, la documentación relativa a la vida laboral y de la compañía aérea no vulnera el derecho a la presunción de inocencia al ser prueba válida. Principio de legalidad en su vertiente de tipicidad, concurren los elementos objetivos y subjetivos del tipo. Desestima.
Resumen: Primero. Normativa y criterios interpretativos aplicables
Resumen: Primero. Normativa y criterios interpretativos aplicables
Resumen: Primero. Normativa y criterios interpretativos aplicables