Resumen: La petición de suspensión de la ejecución de una sentencia de desahucio por vulnerabilidad social de los ocupantes no es una causa legal de oposición a la ejecución. Que la aplicación de la legislación sectorial en materia de vivienda, incluida la del COVID-19, otorgue derechos a la obtención de un alquiler social, a un realquiler o al uso de vivienda pública destinada al efecto, no constituyen causas de oposición a la ejecución. Es una cuestión que ha de solventarse en la ejecución, acudiendo al Protocolo suscrito al efecto para la gestión de los lanzamientos en los partidos judiciales de Cataluña.
Resumen: Despido. Suspensión de contratos por fuerza mayor. Falta de contradicción. Falta de cita y fundamentación de la infracción legal.