Resumen: El trabajador acordó con la empresa acuerdo conciliatorio en ocasión de procedimiento de despido con valor de finiquito y posteriormente reclama por diferencias de complemento d eincapacidad temporal reconocidas en convenio colectivo posterior a la fecha del acuerdo pero con efecto económico retroactivo. El juzgado desestima la demanda por falta de acción y la Sala estima el recurso por cuanto estos devengos futuros relativos a situaciones anteriores al acuerdo no pudieron estar comprendidos en los términos dle pacto y por ello no afectan el contenido del mismo.