Resumen: Se impugna resolución que dispuso que la contratista siguiera prestando el servicio hasta que se formalizara el nuevo contrato lo que justificó en razón del interés público y porque se estaba iniciando la tramitación de un nuevo contrato. Frente a esa resolución interpuso el letrado de la contratista una demanda en la que expuso el desequilibrio económico que para ella le supuso ejecutar el contrato y la indebida e injustificada prórroga que se acordó, sin que, además, se hubiera contemplado una indemnización por el coste real del servicio. La sentencia de instancia estimó el recurso pero la Sala estima el recurso de apelación al considerar que tiene que confirmarse la adecuación a derecho de la prórroga forzosa, más aún cuando estuvo motivada y fue proporcionada. La contratista el derecho subjetivo de negarse a continuar ejecutando el contrato (en este caso porque le resultara gravoso), ni tampoco a percibir otros ingresos que los pactados.