Resumen: La empresa accionante recurre en suplicación la sentencia del Juzgado de lo Social que desestima su demanda frente al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), en reclamación de 5 días de desempleo en los que sus trabajadores estuvieron en ERTE suspensivo por COVID-19. La Sala de lo Social desestima el recurso, pues la normativa específica (RDL 8/2020) reguló los ERTEs por causa ETOP, y el art. 1 RDL 18/2021 permite la prórroga de los ERTEs vigentes a fecha 30/09/2021, señalando que se autorizará previa presentación ante la autoridad laboral, por parte de la empresa o entidad titular, de una solicitud al efecto, acompañada de la documentación; y, en el supuesto actual, no habiéndose solicitado la prórroga del ERTE, no es posible el reconocimiento del desempleo a sus trabajadores.
Resumen: Impugnación de acto administrativo. ERTE. Falta de contradicción.