Resumen: El órgano jurisdiccional puede y debe valorar la prueba practicada, incluso cuando existan dos declaraciones contrapuestas, atendiendo al distinto grado de credibilidad que le merezcan los distintos testimonios y a los posibles datos objetivos o indiciarios que pudieran concurrir en apoyo de una u otra de las posturas controvertidas. Lo que la presunción de inocencia prohíbe es condenar por meras impresiones íntimas del juzgador, sospechas o conjeturas, sin una prueba inequívocamente acusatoria llegada al proceso de una manera regular y en conformidad con las normas procesales y constitucionales. Las declaraciones de los testigos que no comparecieron al plenario no se trata de prueba documental sino de pruebas documentadas, por lo que no pueden introducirse por la vía de la prueba documental, y si pretendía otorgar validez probatoria a lo referido por los testigos ausentes debía haberlo puesto en conocimiento del juez y solicitado la suspensión del juicio, en caso de haber propuestos los mismos como testigos en el plenario, y al no hacerlo, renunció a la declaración de dichos testigos. La ausencia de conocimiento previo entre el acusado y la víctima excluye, de entrada, cualquier atisbo de móvil espurio, venganza o resentimiento. Se empleó para causar las lesiones una botella de cristal rota, que es un instrumento peligroso. Dicho medio fue además empleado de forma concretamente peligrosa puesto que el golpe fue en dirección a la cabeza, si bien impactó en la oreja.