Resumen: Las cuestiones en la que se entiende que existe interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia son: Determinar a la vista de la doctrina sentada por el Tribunal Constitucional en sus sentencias 148 y 183/2021 más las sentencias 60 y 190/2022 de esta Sala, el alcance y las consecuencias que se derivan en relación con la habilitación conferida a la autoridad competente delegada de la comunidad autónoma para el dictado, a efectos del estado de alarma, de órdenes, resoluciones y disposiciones para la aplicación de las previsiones contenidas en el Real Decreto 926/2020 de 25 de octubre por el que se declaró el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2 parcialmente declarado inconstitucional por aquella.
