Resumen: La Audiencia Nacional estima parcialmente la demanda de tutela de libertad sindical interpuesta por CESICA contra la entidad UNICAJA banco al considerar que la demandada ha incumplido su deber de información con relación al registro de jornada y a la entrega de copia básica del contrato de trabajo. Por el contrario, no aprecia tal vulneración en la gestión por la empresa de los riesgos psico-sociales, ni en el hecho de que no se proporcione a los liberados sindicales un ordenador portátil con conexión VPN, ni en el hecho de que no reciba la información que la entidad proporciona a la Comisión de seguimiento del despido colectivo para abordar las reuniones de la misma. La Sala fija la indemnización económica con arreglo a la LISOS en 3002 euros