• Tipo Órgano: Juzgado de lo Mercantil
  • Municipio: Palma de Mallorca
  • Ponente: MARIA CAMPOY VIVANCOS
  • Nº Recurso: 436/2022
  • Fecha: 30/01/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: SIN DEFINIR
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Palma de Mallorca
  • Ponente: MARIA ARANTZAZU ORTIZ GONZALEZ
  • Nº Recurso: 149/2022
  • Fecha: 30/01/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACION
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: SUSANA MARIA MOLINA GUTIERREZ
  • Nº Recurso: 669/2022
  • Fecha: 30/01/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MANUEL RUIZ PONTONES
  • Nº Recurso: 817/2022
  • Fecha: 30/01/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: JAVIER AGUAYO MEJIA
  • Nº Recurso: 1749/2021
  • Fecha: 30/01/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Juzgado de Primera Instancia
  • Municipio: Salamanca
  • Nº Recurso: 888/2022
  • Fecha: 30/01/2023
  • Tipo Resolución: Auto
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE RAMON CHULVI MONTANER
  • Nº Recurso: 290/2022
  • Fecha: 30/01/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se desestima el recurso de apelación formulado contra el auto del Juzgado que, en la pieza de medidas cautelares, denegó la medida cautelar solicitada por el recurrente, consistente en la suspensión inaudita parte de la ejecución inmediata de los actos administrativos objeto de impugnación, el acto municipal de precinto de las obras de construcción de obras de nueva planta. La suspensión es una concreta declaración de naturaleza positiva, procediendo al otorgamiento de una licencia o autorización provisional por el tiempo que durara la tramitación del recurso, lo que con carácter general resulta vedado no pudiendo prevalecer un supuesto perjuicio económico, frente al interés público dimanante del obligado cumplimiento de la normativa urbanística. Sin embargo, concurre la posible inadmisibilidad del recurso de apelación ya que hay que entender que contra el auto denegando la medida cautelarísima no cabe recurso alguno por mandato legal. El auto apelado no es susceptible de recurso de apelación, lo que nos debe llevar a desestimar dicho recurso, pues dado el estado procesal que mantiene el recurso, las causas de inadmisión que debieron apreciarse en el trámite correspondiente han de jugar como causas de desestimación.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Oviedo
  • Ponente: DAVID ORDOÑEZ SOLIS
  • Nº Recurso: 901/2021
  • Fecha: 30/01/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Considera esta sala que se acreditado en los autos que el recurrente reunión nueva besitos para ser acreedor de la medida de fomento. De lo actuado en los autos se prueba que el recurrente cumplía el requisito por el que fue denegada la ayuda ya que se trataba de un local de ocio nocturno tal y como se acredita a través de documentación expedida por el ayuntamiento del territorio de los ubica el local litigioso.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Coruña (A)
  • Ponente: MARIA AZUCENA RECIO GONZALEZ
  • Nº Recurso: 4060/2022
  • Fecha: 30/01/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso de apelación interpuesto contra la resolución de fecha 13 de diciembre de 2021 de la Subdirectora Xeral de Régimen Jurídico de la Consellería de Medio Rural, por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto contra la resolución de 3 de junio de 2019 dictada por el Director Xeral de Gandería, Agricultura e Industrias Agroalimentarias en expediente sancionador. Señala la Sala que resulta de aplicación la presunción a favor de la veracidad del contenido de la denuncia, sin perjuicio de que cabe prueba en contra. Es cierto que no se hicieron fotografías, pero ello no puede llevar como consecuencia, de forma automática, a quitar veracidad a los hechos que se exponen que, por otra parte, se presentan como una deducción lógica. De manera que, en la misma forma considerada en la resolución sancionadora, ha de tomarse en consideración que la recurrente aportó documentación de adjudicación y licencia de corta en Nigrán, el mismo municipio indicado en el albarán del camión que realiza el transporte. Y concluye en que cabe considerar que aunque el resultado de las pruebas fuera negativo, los hechos se cometieron, existiendo prueba de cargo suficiente además de una racional valoración de los elementos de que se dispone para llegar a la conclusión sobre la comisión de la infracción y que se ha desvirtuado la presunción de inocencia que inicialmente operaba a su favor.
  • Tipo Órgano: Juzgado de lo Social
  • Municipio: León
  • Ponente: JAIME DE LAMO RUBIO
  • Nº Recurso: 545/2022
  • Fecha: 30/01/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: CONFLICTO COLECTIVO

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.