Resumen: Primero. Normativa y criterios interpretativos aplicables
Resumen: Primero. Normativa y criterios interpretativos aplicables
Resumen: El Tribunal Superior de Justicia desestima el recurso de la parte demandada contra la sentencia que califica como despido improcedente el despido disciplinario que acordó de la demandante. Se le imputaba que usaba su tarjeta de crédito personal para la compra de los productos que debían usar y consumir las usuarias del servicio, lo que el Juzgado consideró que no estaba probado, de difundir fotos de las usuarias, lo que el Juzgado consideró que no salió de los estrictos ámbitos del servicio dado y de malos tratos psicológicos a una usuaria, lo que el Juzgado consideró imputado de forma genérica y no concretada, solo constando que le requería del uso de mascarilla durante el periodo de pandemia COVID y que un día le dijo que no estaba en su casa, lo que, de por sí es una expresión aislada y no constitutiva de la falta muy grave de malos modos con los usuarios que prevé el convenio colectivo aplicable. La Sala examina con detalle la reforma fáctica que la demandante pretende en el recuso, que termina por no asumir, luego de expresar los requisitos que la Ley establece al efecto. La Sala confirma seguidamente el criterio judicial, recalcando que, incluso asumiendo la imputación que sobre la conducta observada por la demandante con aquella usuaria se contiene en la carta de despido, sería constitutiva de falta grave, pero no muy grave, según el convenio colectivo aplicable, reiterando que no existe prohibición de aquella forma de pagar la compra que realizó la demandante.