• Tipo Órgano: Juzgado de lo Contencioso Administrativo
  • Municipio: Segovia
  • Ponente: RAUL MARTIN ARRIBAS
  • Nº Recurso: 105/2022
  • Fecha: 19/12/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: FUNCIONARIOS PUBLICOS
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA BEGOÑA GARCIA ALVAREZ
  • Nº Recurso: 389/2022
  • Fecha: 19/12/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Juzgado de lo Mercantil
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: BERTA PELLICER ORTIZ
  • Nº Recurso: 1045/2022
  • Fecha: 19/12/2022
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: El auto del juzgado realiza un recorrido por el itinerario de un concurso de persona física. La distinción entre un concurso abocado a la liquidación y un concurso sin masa, como el presente. Analiza los requisitos para la concesión de la exoneración del pasivo insatisfecho; es decir, la ausencia de los impedimentos que describe el art 486 para poder ser considerado deudor de buena fe. Que en el caso los tiene y los créditos que son exonerables, que lo son todos, en principio, salvo las limitaciones y excepciones que contempla el art. 489 TRLC. Al ser concurso sin masa si ningún acreedor se opone a la calificación de buena fe del concursado, ni pide el nombramiento de Administrador Concursal, acordada la exoneración declara la conclusión del concurso.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUANA DE LA CRUZ SERRANO GONZALEZ
  • Nº Recurso: 755/2022
  • Fecha: 19/12/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: MARIA MACARENA MARTINEZ MIRANDA
  • Nº Recurso: 3862/2022
  • Fecha: 19/12/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Valladolid
  • Ponente: EMILIO ALVAREZ ANLLO
  • Nº Recurso: 689/2022
  • Fecha: 19/12/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: INCAPACIDAD PERMANENTE
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA AURORA DE LA CUEVA ALEU
  • Nº Recurso: 457/2022
  • Fecha: 19/12/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: MARIA DEL PILAR PEREZ DE RUEDA
  • Nº Recurso: 629/2021
  • Fecha: 19/12/2022
  • Tipo Resolución: Auto
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Pontevedra
  • Ponente: ANTONIO JUAN GUTIERREZ RODRIGUEZ-MOLDES
  • Nº Recurso: 752/2022
  • Fecha: 19/12/2022
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: OTRAS MATERIAS ARRENDAMEINTOS
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FERNANDO MUÑOZ ESTEBAN
  • Nº Recurso: 984/2022
  • Fecha: 19/12/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Cumplimiento de los requisitos en la tramitación del ERE. Se señala que la decisión empresarial no fue adoptada obrando la con mala fe -no se presume-, pues la empresa ofreció fórmulas para llegar a un acuerdo, siendo cuestión distinta que no se alcanzara, lo que no puede achacarse a su sola voluntad, sin que merezca reproche el aviso de la conveniencia de que el ERE finalizase con acuerdo o la intención de poner fin al mismo lo antes posible dada la situación de la empresa -evitar más pérdidas económicas-, indicando respecto a los afectados que fueron 8 y no 11 , por causar baja 3, que estaban de alta en el momento de la comunicación de la apertura del ERE, lo que no puede imputársele a la empresa, al haber causado baja voluntaria. Concurrencia de causas. Entiende que no es la misma que la del ERTE -reducción de jornada -previo, porque se tuvieron en cuenta los resultados del primer trimestre del año 2022 -pérdidas de 70.000 €-, empeorando la situación en el segundo al pasar a 193.981, 26 €, teniendo que solicitar ante el JM concurso abreviado comunicándole su insolvencia, siendo irrelevante hubiera beneficios en 2019, pues el despido se acuerda con efectos del 24-8-2022, dadas las pérdidas reseñadas y las previstas para fin de año, de casi 600.000 € y el saldo en las cuentas a dicha fecha de unos 27.000 €, cifrándose las indemnizaciones en unos 180.000 €, por lo que concurre causa con independencia de la posible causa productiva alegada.

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