Resumen: Declarar la competencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.
Resumen: La sentencia de apelación estima parcialmente el recurso y revoca la de instancia estimando la demanda y condenando a los demandados a arrancar los árboles, arbustos y plantas contiguas a la fachada de la edificación del actor en términos del artículo 591 del C .Civil. Argumenta el tribunal en síntesis, que sólo cabe atribuir a la pasividad de la propia parte la preclusión del plazo para contestar a la demanda, al no poner en conocimiento del Tribunal la situación afectante al Letrado de la parte para su valoración a efectos de decidir sobre la concurrencia o no de causa de fuerza mayor y la suspensión del plazo. No se puede establecer con certeza el carácter del trozo de terreno litigioso, sin embargo tal interrogante es intranscendente para la resolución del litigio pues el actor no está planteando cuestión alguna en relación a la propiedad del terreno, sino que circunscribe la tutela pretendida al reconocimiento de su derecho a acceder libremente al trozo de terreno litigioso para examinar el estado de la fachada de la edificación de su propiedad y proceder, en su caso, a su reparación. Su pretensión de retirada de los árboles y arbustos se rige por lo dispuesto en el art. 591 de CC y viene apoyada en informe pericial acompañado con la demanda, no contradicho por otra prueba.
Resumen: Declarar la competencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.
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